CUIDADO CON CLONES DE REMEDIUM PDRN. REVISE SUB DISTRIBUCIÓN NO AUTORIZADA Descartar

Saltar al contenido
  • QUIÉNES SOMOS
  • COFEPRIS
  • INSTAGRAM
  • GLUTANEX EN AMAZONAmpliar
    • Público en General
    • Distribución Oficial QR
  • VENTA PARA MÉDICOS
  • SUB DISTRIBUCIÓN AUTORIZADA
  • SUB DISTRIBUCIÓN NO AUTORIZADA
  • CONTACTO
  • CARRITO Carrito de la compra 0
    • No hay productos en el carrito.

Carrito de la compra 0

REGULARIZACIÓN
DISPONIBLE EN PÁGINA
DE COFEPRIS
(VER MÁS ABAJO)

ESPECIALISTAS EN
REGULACIÓN SANITARIA
MARMOLAB.COM
Tel. 551479641

DAR CLIC PARA CONOCER TRÁMITES
DIRECTAMENTE EN PÁGINA DE COFEPRIS


FAVOR DE ESPERAR ALGUNOS MINUTOS
SI TARDA EN CARGARSE LA PÁGINA



TRATAMIENTOS INTRADÉRMICOS


REGISTRO
SANITARIO

REMEDIUM SILK 2254C2025 SSA

Esperar actualización Enero 2026
dando clic en Registros_Sanitarios_DM_2026


AVISO DE
PUBLICIDAD

REMEDIUM SILK (PÁGINA WEB) 2510012002C00001
REMEDIUM SILK (INSTAGRAM) 2510012002C00002





COSMÉTICOS


AVISO DE
FUNCIONAMIENTO

2610015019X00002




AVISOS DE
PUBLICIDAD

2410012002D00015 2410012002D00016
2410012002D00017 2410012002D00018
2510012002D00001 2510012002D00002
2510012002D00003 2510012002D00005



SUPLEMENTO ALIMENTICIO


PERMISO DE
PUBLICIDAD

GLUTANEX TAB (PÁGINA WEB) 223300201A1881
GLUTANEX TAB (RRSS) 263300201A0012



CONSULTA DE
CLASIFICACIÓN

GLUTANEX TAB 213300CO361538

ESTE PRODUCTO NO ES UN MEDICAMENTO. EL CONSUMO DE ESTE PRODUCTO
ES RESPONSABILIDAD DE QUIEN LO RECOMIENDA Y DE QUIEN LO USA.

CONOZCA A LOS TRÁMITES DE COFEPRIS
MÁS IMPORTANTES DE UN DISTRIBUDOR DE CONFIANZA

DEFINICIÓN Y BENEFICIOS
PARA EL MÉDICO Y PACIENTES


REGISTRO SANITARIO

Es la autorización sanitaria oficial que otorga la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), que muestra el cumplimiento regulatorio establecido en la legislación sanitaria mexicana y normas oficiales aplicables, incluyendo la clasificación según riesgo sanitario y la documentación técnica correspondiente. Cuando un producto obtiene un Registro Sanitario, significa que la autoridad sanitaria ha verificado la información científica y técnica presentada por el solicitante (como calidad, seguridad, eficacia, etiquetado y etiquetado en español, entre otros requisitos), y ha determinado que el producto está aprobado para su comercialización legal en México.

BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Seguridad clínica comprobada
2️⃣ Cumplimiento legal y protección profesional
3️⃣ Confiabilidad en resultados y diagnósticos
4️⃣ Mejora en la reputación profesional y confianza institucional

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Mayor seguridad para su salud
2️⃣ Eficacia comprobada en el tratamiento o diagnóstico
3️⃣ Confianza y transparencia
4️⃣ Protección ante productos irregulares o falsificados


AVISOS DE PUBLICIDAD

Para Dispositivos Médicos: Documento declarado ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) mediante el cual una empresa o responsable informa a la autoridad sobre la publicidad que se difundirá de un dispositivo médico cuando esta publicidad está dirigida específicamente a profesionales de la salud (y no al público general.

Para Cosméticos: Documento de notificación sanitaria presentado ante COFEPRIS por parte de los fabricantes, importadores o distribuidores de productos cosméticos, mediante el cual se informa a la autoridad sobre la publicidad que se difundirá para una marca o producto cosmético.


BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Acceso a información técnica confiable
2️⃣ Mayor certeza regulatoria
3️⃣ Protección ética y profesional
4️⃣ Claridad en indicaciones y limitaciones del producto

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Mayor seguridad en el uso de productos
2️⃣ Protección contra publicidad engañosa
3️⃣ Transparencia del responsable del producto
4️⃣ Reducción de riesgos por automedicación o uso incorrecto


AVISO DE FUNCIONAMIENTO

Es la notificación sanitaria obligatoria que se presenta ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) mediante la cual una persona física o moral informa el inicio de operaciones de un establecimiento dedicado a la distribución, almacenamiento, comercialización o importación de productos cosméticos y suplementos alimenticios en territorio nacional.


BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Seguridad en la cadena de suministro
2️⃣ Cumplimiento normativo y respaldo legal
3️⃣ Trazabilidad y control del producto
4️⃣ Protección del paciente y de la práctica médica

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Mayor seguridad en los productos que utilizan
2️⃣ Menor exposición a productos adulterados o irregulares
3️⃣ Transparencia y respaldo como consumidor
4️⃣ Trazabilidad y control sanitario


PERMISO DE PUBLICIDAD

Es la autorización sanitaria previa que otorga COFEPRIS para permitir la difusión de publicidad de suplementos alimenticios en redes sociales, sitios web y otros medios. Su objetivo es asegurar que los mensajes sean veraces, no engañosos y conformes con la regulación sanitaria mexicana antes de su publicación. La finalidad del Permiso de Publicidad es proteger la salud pública al garantizar que los consumidores reciban información clara, comprobable y responsable sobre los suplementos alimenticios, evitando afirmaciones que puedan inducir a error, confundir al público o sugerir beneficios de salud no autorizados.


BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Información confiable y regulada
2️⃣ Mayor certeza científica y regulatoria
3️⃣ Protección legal y profesional
4️⃣ Claridad en el uso adecuado del producto

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Información clara, veraz y confiable
2️⃣ Protección contra publicidad engañosa o exagerada
3️⃣ Reducción del riesgo de consumo indebido
4️⃣ Protección de la salud y bienestar


CONSULTA DE CLASIFICACIÓN

Es el procedimiento administrativo que se presenta ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para que la autoridad evalúe formalmente la fórmula, el etiquetado y la intención de uso de un producto y determine si cumple con los criterios regulatorios para ser clasificado como suplemento alimenticio conforme a la normativa sanitaria mexicana.


BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Certeza sobre la naturaleza regulatoria del producto
2️⃣ Reducción de riesgos legales y éticos
3️⃣ Claridad sobre alcances y limitaciones del producto
4️⃣ Mayor confianza en la información técnica del producto

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Mayor confianza en marcas y distribuidores formales
2️⃣ Reducción del riesgo de autorecetarse
3️⃣ Protección contra publicidad engañosa
4️⃣ Mayor seguridad en la elección del producto


ETIQUETADO NOM-141

La NOM-141-SSA1/SCFI-2012 es la Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos sanitarios y comerciales del etiquetado de productos cosméticos preenvasados que se venden en México. Su objetivo principal es garantizar que el consumidor reciba información clara, veraz y segura sobre el producto cosmético. La norma es obligatoria para fabricantes, importadores y distribuidores de cosméticos en el país. Entre los datos obligatorios se incluyen:

Nombre o denominación del producto
Lista de ingredientes (INCI)
Contenido neto
País de origen
Datos del fabricante o importador
Lote y/o fecha de caducidad
Instrucciones de uso
Advertencias y precauciones
Información sanitaria en español


BENEFICIOS PARA EL PROFESIONAL DE LA SALUD
1️⃣ Seguridad en la recomendación dermatológica (composición exacta, sustancias potencialmente irritantes, alérgenos o fragancias, activos cosméticos reales)
2️⃣ Mejora la farmacovigilancia cosmética
3️⃣ Soporte para medicina estética basada en evidencia
4️⃣ Protección legal profesional

BENEFICIOS PARA EL PACIENTE
1️⃣ Mayor seguridad para la piel
2️⃣ Transparencia en ingredientes
3️⃣ Protección contra publicidad engañosa
4️⃣ Trazabilidad y confianza

Scroll hacia arriba
  • QUIÉNES SOMOS
  • COFEPRIS
  • INSTAGRAM
  • GLUTANEX EN AMAZON
    • Público en General
    • Distribución Oficial QR
  • VENTA PARA MÉDICOS
  • SUB DISTRIBUCIÓN AUTORIZADA
  • SUB DISTRIBUCIÓN NO AUTORIZADA
  • CONTACTO
Buscar